AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA
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En aplicación del Decreto 55/2021, de 8 de mayo, sobre medidas de prevención y control necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, dictado ante la finalización del estado de alarma y que tiene por objeto establecer las medidas de prevención y control generales para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por COVID-19, así como las medidas de prevención y control específicas en función de los distintos escenarios epidemiológicos derivados del riesgo sanitario, para contener la propagación de infecciones causadas por la SARS-CoV, y asimismo establecer las directrices de actuación del Sistema de Vigilancia de COVID-19 en Castilla-La Mancha.
Que en su artículo 27, referido a las condiciones en las que debe desarrollarse la actividad de los archivos, establece que:
1. Los archivos prestarán sus servicios de manera presencial y por vía telemática, mediante solicitud y petición que será atendida por el personal técnico. Podrán realizarse actividades presenciales en los archivos sin superar el setenta y cinco por ciento del aforo máximo permitido.
(...)
Vista la normativa anterior, en virtud de las competencias recogidas en el artículo 124. 4 letra g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las de Bases del Régimen Local, por el presente
RESUELVO
PRIMERO.- Mantener la apertura al público del Archivo Municipal “Javier Barbadillo”, situado en planta baja del Centro Municipal Integrado Eduardo Guitián, en Avenida del Vado, número 15, realizando actividades presenciales con limitación de aforo al 75 %.
SEGUNDO.- Esta medida se aplicará desde el día de hoy y hasta que se mantenga la referida indicación por parte de la autoridad sanitaria.
TERCERO.- Dar la máxima difusión de esta resolución mediante inserción en Boletín Oficial de la Provincial de Guadalajara y tablón de edictos, así como en la web municipal.
Guadalajara a 9 de mayo de 2021, el Alcalde Presidente Alberto Rojo Blas